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El talento no es un don celestial, sino el fruto del desarrollo sistemático de unas cualidades especiales. - José María Rodero

Próxima convocatoria de ayudas a proyectos de inversión para pymes

Próximamente se publicará el extracto de la orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda por la que se convocan ayudas para el año 2017, dirigidas a proyectos de inversión para la modernización e innovación de las pymes comerciales de la Comunidad de Madrid. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de dicho extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). 

Las bases reguladoras de estas ayudas se publicaron en el BOCM de 7 de junio de 2016, modificadas por la orden de 12 de mayo, publicada en el BOCM de 2 de junio de 2017.

Esta convocatoria contará con una dotación económica de 1.629.000 euros, siendo el periodo subvencionable del 16 de septiembre de 2016 al 15 de septiembre de 2017.

Las ayudas consistirán en subvenciones de hasta un máximo del 50% del presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio y Consumo, excluido todo tipo de impuestos, con un límite de ayuda máxima por beneficiario de 20.000 euros y una inversión mínima de 10.000 euros.

Gastos subvencionables

  • Obras de ampliación, transformación o nueva implantación de establecimientos comerciales.
  • Adquisición de equipamiento y mobiliario especializado que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y en especial para la exposición de productos. En el caso de la venta ambulante, se considera equipamiento comercial específico los vehículos comerciales.
  • Adquisición de equipos informáticos, tanto hardware como software, dirigidos a la implantación y mejora del comercio electrónico, así como a proyectos que permitan la implantación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los procesos de negocio comerciales.

Requisitos

  • La actividad comercial objeto de la subvención debe desarrollarse en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  • La actividad comercial para la que se solicite subvención debe estar dentro de los epígrafes del IAE comprendidos en el Anexo I de las Bases Reguladoras.

 

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