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Tribunal de Cuentas critica ceses de directivos públicos con máxima indemnización a días de la reforma laboral

Cuatro directivos del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y uno de la entidad RED.es cesaron de sus cargos días antes de la aprobación de la reforma laboral de 2012, lo que les permitió cobrar indemnizaciones «muy superiores» a las que les hubiera correspondido con la nueva normativa, según señala el Tribunal de Cuentas en un informe.

Según el ‘Informe de fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal’ de los años 2012 a 2014, esta forma de actuar no supone «infracción de ninguna norma legal».

Sin embargo, el Tribunal sí resalta que de haberse producido los ceses días más tarde el coste de las indemnizaciones habría sido muy inferior, ya que la reforma laboral del PP impide las indemnizaciones superiores a siete días por año de servicio con seis mensualidades máximas, elimina las indemnizaciones cuando el alto cargo sea empleado de una entidad pública con reserva de plaza y reduce a 15 días el plazo para comunicar el desestimiento.

CINCO CESES EN UN MES

Unas condiciones que no se aplicaron a cuatro directivos del ICO y uno de RED.es, que cesaron entre el 17 de enero y el 10 de febrero de 2012 –la reforma laboral fue aprobada el 11 de febrero–, y que percibieron las indemnizaciones máximas estipuladas en sus contratos.

A saber, 45 días de salario bruto anual fijo por año trabajado e indemnización de tres meses de salario bruto anual fijo por preaviso incumplido.

Esto supone que el director general adjunto a la Presidencia del ICO recibió 33.663 euros de indemnización, el director general de Negocios 62.967 euros, el director general comercial 49.207 euros y el director general de Riesgos y Control Financiero 46.780 euros. En total, 192.617 euros.

Según el Tribunal de Cuentas, si los ceses se hubieran producido unos días más tarde, los dos primeros cargos no habrían tenido derecho a indemnización alguna por reintegrarse en sus puestos de trabajo en el mismo ICO y los otros dos habrían cobrado una cuantía «muy inferior».

En el caso de RED.es, su director Económico-Financiero firmó la notificación y el finiquito el 10 de febrero de 2012, con una nota manuscrita señalando que le faltaba por percibir el importe de la retribución por objetivos de 2011, de 18.974 euros, que se liquidó en una nómina adicional en marzo. Además, cobró 102.412 euros por las indemnizaciones máximas por cese.

AHORRO GENERAL

En cualquier caso, el organismo fiscalizador constata que las reformas aplicadas por el Gobierno a partir de 2012 para controlar el régimen retributivo y el contenido de los contratos de alta dirección permitió «reducir sensiblemente» las indemnizaciones a los directivos, consiguiendo así un «ahorro efectivo» de fondos públicos.

Y es que, con carácter general, todas las entidades fiscalizadas adaptaron el número de directivos y su estructura retributiva, no superaros los límites salariales máximos, no provocaron incrementos retributivos por la adaptación de los contratos y redujeron las indemnizaciones por extinción de contratos.

Hubo, no obstante, algunas incidencias, como que ninguna de las entidades cumplió los plazos previstos o que sólo el Instituto Cervantes, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el ICEX redujeron el número de directivos, mientras que la aplicación de los límites retributivos sólo se tradujo en una reducción en algunos organismos.

Por contra, se incrementó la retribución de algunos directivos del Cervantes, la CNMV, el ICEX y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que además al integrar a media docena de anteriores reguladores fue la única entidad en superar el número máximo de directivos permitido al finalizar 2014.

Además, hubo directivos en el Instituto Cervantes, el Museo Reina Sofía, el Museo del Prado, la UNED, la CNMV, RED.es, el Consorcio de Compensación de Seguros, el ICEX, la extinta Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) y la CNMC que tuvieron retribuciones por antigüedad, y El Prado también pagó gratificaciones por servicios extraordinarios a altos directivos, pese a que dichos conceptos no están previstos en la normativa.

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